El derecho de niñas, niños y adolescentes a la participación está reconocido en la Con vención sobre los Derechos del Niño (CDN), que plantea la obligación de los Estados Partes de “[garantizar] al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño, teniéndose debidamente en cuenta las opiniones del niño, en función de la edad y ma durez del niño” (art. 12, párr. 1).
Deja un comentario
Debes iniciar sesión para comentar.